¿Qué tipo de facilidades ofrece la Caja?
- Todas las deudas
En pesos uruguayos
Hasta en 36 cuotas
Tasa variable calculada de acuerdo con el decreto Nº 274/008 de 09/06/2008
Base legal: art. 33 del CT
- Deudas generadas hasta 2002 inclusive
En unidades indexadas
Hasta en 72 cuotas
Tasa: 10% anual
Bonificación: reducción de la tasa de interés al 5% por pago en plazo
Base legal: art. 628 de la ley 17.296
- Deudas generadas a partir del 2003
En unidades indexadas
Hasta en 72 cuotas
Tasa: 10% anual
Bonificación: reducción de la tasa de interés al 5% por pago en plazo
Base legal: art. 12 lit. L de la ley 17.437
En todos los casos, las cuotas no podrán ser inferiores a 2 U.R.
¿Cuánto se debe amortizar?
10% de la deuda a financiar si no tiene convenio ni préstamo vigente.
20% de la deuda en caso de:
- Estar pagando otro financiamiento de deudas o un préstamo;
- Habérsele constituido título ejecutivo.
De tener un préstamo o financiación vigente, debe estar al día en el pago de sus cuotas. De lo contrario, deberá abonar como mínimo el 20% del saldo total (deudas vencidas y no vencidas) para poder refinanciar.
¿Dónde iniciar el trámite?
El trámite se inicia mediante presentación de una nota en Mesa de Entrada (piso 8).
Requisitos:
- Nota de solicitud (descargar formulario).
Importante: Es necesario incluir en la nota la mayor cantidad de datos que faciliten la localización del solicitante (celular, dirección electrónica, etc). De no poder ubicárselo, se notificará la respuesta mediante telegrama colacionado de cargo del solicitante.
- Declaración de estado de responsabilidad (descargar formulario).
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Haber presentado a control los registros notariales del ejercicio anterior (aún cuando no hubiera vencido el plazo para ello).
¿Cómo se pagan las cuotas?