Reforma: Caja Notarial sin ahorro individual

El Poder Ejecutivo promulgó el 2 de mayo la Ley Nº 20130 de Creación del Sistema Previsional Común. De publicarse en el corriente mes en el Diario Oficial, entrará en vigencia el 1º de agosto de 2023.

Comprende a todos los organismos previsionales del país. 

Nuestra Caja Notarial fue exceptuada en principio de la aplicación del régimen mixto —no así del resto de las disposiciones de la ley, las que sí le resultan aplicables—.

Este régimen mixto supone la contribución a dos pilares: uno de ellos es el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional —el vigente hoy para nuestro organismo—, y el otro es el régimen de ahorro individual obligatorio (AFAP). 

 

La Caja y el pilar de ahorro individual obligatorio

El régimen mixto previsto en la ley no alcanza a los actuales afiliados a la Caja por las actividades amparadas por ella, ni tampoco a quienes se afilien hasta el 31 de julio de 2026 como mínimo.

Para quienes se afilien a la Caja a partir del 1º de agosto de 2026, la aplicación o no del régimen mixto queda condicionada a un conjunto de supuestos. En efecto, la Agencia Reguladora de la Seguridad Social —creada por la nueva ley— deberá evaluar la situación de la Caja atendiendo a los resultados operativos de los últimos 3 ejercicios consecutivos y a los niveles de reserva.

En función de dicha evaluación, la Agencia Reguladora podrá recomendar la incorporación de la Caja al régimen mixto. Si el Poder Ejecutivo aprobara ese informe, quienes se afilien a nuestro organismo a partir del 1º de agosto de 2026 deberán contribuir a la Caja y a una AFAP.

Puede suceder, en cambio, que el informe de la Agencia Reguladora no recomiende la aplicación del régimen mixto o que el Poder Ejecutivo no apruebe el informe. De darse una de estas dos condiciones, se abre un nuevo período de 3 años para evaluar la situación financiera de nuestro organismo y así, sucesivamente.

La Caja había planteado que la eventual decisión de inclusión en el sistema mixto fuera por vía legal pero esta propuesta no fue recogida por las autoridades.

 

Un logro de todos

Las razones por las que se excluyó a nuestra Caja del régimen mixto son múltiples.

Muchos actores políticos de diversas tendencias destacaron la trayectoria institucional a lo largo de 81 años de existencia, la financiación de la Caja exclusivamente en base a aportes de sus afiliados y la actitud responsable que supuso la reforma a tiempo impulsada por nuestro organismo.

Contribuyó, sin dudas, la intensa y prolongada labor del Directorio —tanto con su actual integración como con la anterior— que se inició antes de que se creara la Comisión de Expertos en Seguridad Social y que, las más de las veces, se desarrolló en forma silenciosa porque así lo exigían las circunstancias.

También fue importante para la obtención de este la activa y generosa participación de la Asociación de Escribanos del Uruguay, de la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial, de la Asociación de Empleados de Caja Notarial, de filiales de la Asociación y de muchos afiliados en forma personal. Todos juntos, una sola voz y sin fisuras.

Es una conquista de todo el Notariado, del de ayer y del de hoy, que se obtuvo del único modo legítimo: haciendo bien aquello que hay que hacer.

Si bien no se han disipado las incertidumbres del futuro, la unidad del presente se proyecta hacia el mañana.