El art. 40 de la Ley Orgánica de la Caja dispone que los escribanos deban contar con un certificado de estar en situación regular de pagos con este instituto para poder cobrar retribuciones del Estado, de los gobiernos departamentales, de los entes autónomos, de los servicios descentralizados y de las demás personas públicas.
En estos días, estamos enviando el referido certificado al correo electrónico declarado ante la Institución.
Permanecerá vigente desde el 1º de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024.
Los escribanos que se encuentran jubilados, en caso de necesitar dicho certificado, podrán solicitar la emisión del mismo ingresando con su usuario y contraseña a Autogestión de Escribanos, y le llegará a la dirección de correo fiscal declarada ante el Instituto.
Como se trata de un documento electrónico, podrá obtener copias cuando lo desee. Para ello, siga las indicaciones del instructivo.
Si usted no recibe el certificado en los próximos días puede deberse a diferentes causas:
- No estar al día con la Caja.
- No estar al día con el Fondo de Solidaridad (art. 271 de la Ley Nº 19535). En este caso, por favor, póngase en contacto con dicha institución.
- No haber constituido una dirección electrónica fiscal.
- No estar operativa la casilla de correo electrónico que haya declarado ante la Caja.
La constitución o modificación de domicilios debe realizarse mediante este formulario que deberá contar con firma autógrafa y ser presentado personalmente o por correo convencional.
Por mayor información:
- fiscalizacion@cajanotarial.org.uy
- 2401 2414 interno 541