Certificado de estar al día

El art. 40 de la Ley Orgánica de la Caja dispone que los escribanos deban contar con un certificado de estar en situación regular de pagos con este instituto para poder cobrar retribuciones del Estado, de los gobiernos departamentales, de los entes autónomos, de los servicios descentralizados y de las demás personas públicas.

En estos días, estamos enviando el referido certificado al correo electrónico declarado ante la Institución.

Permanecerá vigente desde el 1º de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.

Los escribanos que se encuentran jubilados, en caso de necesitar dicho certificado, podrán solicitar la emisión del mismo ingresando con su usuario y contraseña a Autogestión de Escribanos, y le llegará a la dirección de correo fiscal declarada ante el Instituto.

Como se trata de un documento electrónico, podrá obtener copias cuando lo desee. Para ello, siga las indicaciones del instructivo.

Si no recibe el certificado en los próximos días puede deberse a:

-         No estar al día con la Caja.

-         No estar al día con el Fondo de Solidaridad (art. 271 de la Ley Nº 19535). En este caso, por favor, póngase en contacto con dicha institución.

-         No haber constituido una dirección electrónica fiscal.

-         No estar operativa la casilla de correo electrónico que haya declarado ante la Caja.

La constitución o modificación de domicilios debe realizarse mediante el formulario de modificación de correo electrónico, que debe presentar personalmente o enviar por correo convencional.

El Directorio Honorario resolvió incorporar un nuevo literal al artículo 2° de la resolución del Directorio de fecha 05 de febrero de 2002, Asunto 51 acta 2456 relativa a la expedición de certificado anual a los escribanos, según Acta N° 3611, Asunto N° 720 de fecha 29 de julio de 2025: “Artículo 2º. Para la expedición del referido certificado se exigirá que el interesado: (…) d) no mantenga en tal oportunidad, deuda por concepto de cobertura sanitaria con cargo al Fondo Sistema Notarial de Salud, derivada de situaciones de: inactividad, pérdida de la calidad de beneficiario del Seguro Nacional de Salud, cambio de prestador, o cese de la condición de beneficiario del Sistema Notarial de Salud.”

 

Por mayor información: 

-         fiscalizacion@cajanotarial.org.uy

             -          2401 2414 interno 541